Ya ha comenzado el plazo para la presentación de las Declaraciones-Liquidaciones correspondientes al primer trimestre del ejercicio ante la Agencia Tributaria. Te recordamos los modelos y plazos establecidos:

𝗛𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗼́𝘅𝗶𝗺𝗼 𝟮𝟬 𝗱𝗲 𝗔𝗕𝗥𝗜𝗟:
• Retenciones IRPF de personal – Mod 111 1T/2023.
• Retenciones IRPF de Arrendamientos – Mod. 115 1T/2023.
• Retenciones IRPF de Capital Mobiliario – Mod 123 1T/2023.
• Pago Fraccionado IRPF – Mod. 130/131 1T/2023.
• IVA – Modelo 303 – 349 Intracomunitarias 1T/2023.

• Pago Fraccionado de SOCIEDADES – Modelo 202 1P/2023.

𝗛𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗼́𝘅𝗶𝗺𝗼 𝟯𝟬 𝗱𝗲 𝗔𝗕𝗥𝗜𝗟:
• LEGALIZACIÓN DE LIBROS EN EL REGISTRO MERCANTIL.
• Libros de Socios, Libros de Actas, Libro Diario y Libros de Inventario-Balances y Cuentas del ejercicio 2022.

Recuerda que todas las declaraciones-liquidaciones deben presentarse por medios telemáticos. Para cumplir correctamente con tus obligaciones fiscales, es importante que nos hagas llegar la documentación necesaria con anterioridad al 𝗺𝗶𝗲́𝗿𝗰𝗼𝗹𝗲𝘀 𝟭𝟮 𝗱𝗲 𝗮𝗯𝗿𝗶𝗹 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟯.

Las declaraciones-liquidaciones con resultado a ingresar deben estar listas con una antelación de 5 días sobre su plazo para poder proceder a su domiciliación o bien a la tramitación del correspondiente aplazamiento/fraccionamiento.

¡Gracias por tu colaboración!
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